TEEG-REV-64/2015 |
El cómputo de la elección de diputado por el principio de mayoría relativa, por causales de nulidad de varias casillas, así como por irregularidades en la sesión respectiva y en la elaboración del acta circunstanciada; en contra de las constancias de mayoría otorgada a favor de la candidata del PRI y la declaración de validez de la elección del diputado por el principio de mayoría relativa; además en contra del cómputo distrital por errores aritméticos graves; por diversos hechos violatorios de la normatividad electoral; sustituciones de funcionarios de casilla en forma incorrecta; inconsistencias en las actas de escrutinio y cómputo; y en el recuento de paquetes electorales. |
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