TEEG-REV-67/2015 |
El cómputo municipal de la elección del ayuntamiento de Irapuato, además de la declaración de validez de la elección, la declaración de elegibilidad y el otorgamiento de constancias de mayoría y constancia de asignación de presidente y síndicos, así como de regidores por el principio de representación proporcional al PAN. La actualización de causales de nulidad de votación recibida en casilla, conforme al artículo 431 y 433 fracciones I, III y IV. No se cumplen con los requisitos de elegibilidad de varios de los integrantes de la planilla. Violación a los principios rectores del proceso electoral y graves irregularidades durante la jornada electoral. |
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