TEEG-PES-68/2015 |
Inobservancia a los lineamientos jurídicos y electorales para la propaganda y publicación electoral en su beneficio, colocando un espectacular en el suministro de agua potable, considerado como elemento de equipamiento urbano en donde se ubica la propaganda electoral. Además de una barda pintada con propaganda electoral de la candidata en una plaza comunitaria y otra más en un campo deportivo de la comunidad del Sabino. |
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