TEEG-PES-02/2020 |
Por la presunta promoción personalizada del mencionado funcionario en entrevista en el medio de comunicación “Noticieros en Línea” y en su caso proselitismo en radio a favor del Partido Morena; lo que pudiera ser violatiorios de lo establecido en los párrafos 6, 7 y 8 del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 122 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato. |
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