TEEG-REV-82/2021 |
En contra de los actos cometidos por el Consejo Municipal Electoral de Silao de la Victoria del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, así como Órgano Desconcentrado de la Junta Ejecutiva Regional de ese mismo municipio, por el pronunciamiento de fondo respecto de la queja presentada por el promovente, el día 28 de abril de 2021, lo que contraviene fundamentalmente el principio de imparcialidad, legalidad y certeza jurídica. |
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