TEEG-PES-131/2021 |
Por presuntos actos que a su consideración constituyen violación a la veda y prohibición electoral que tienen las autoridades estatales de abstenerse a realizar eventos multitudinarios, así como actividades promocionales de trabajo, derivado de supuestas manifestaciones emitidas por el denunciado lo que a juicio del denunciante vulnera lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato. |
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