TEEG-PES-175/2021 |
Por la probable violación a lo establecido en los artículos 370, fracciones II y IV, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato; así como lo establecido en los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral, por la presunta utilización de la imágenes de personas menores de edad, presuntamente sin el consentimiento respectivo. |
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