TEEG-PES-350/2021 |
Por presuntos actos anticipados de campaña fuera de los tiempos establecidos para el inicio de las campañas electorales, así como otras actividades relacionadas al culto religioso aprovechando las redes sociales y el sistema de comunicación social perteneciente a la administración municipal utilizando recursos públicos para promocionar su imagen política, siendo su intención promocionar su imagen, expresiones y posicionamientos político-electorales, actos que constituyen una clara intervención en el marco de los procesos electorales federales y locales, además de usar menores sin contar con los requisitos establecidos en los lineamientos del INE |
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