TEEG-PES-351/2021 |
Por la presunta publicación de imágenes relacionadas al culto religioso aprovechando las redes sociales, con el objeto de promocionar su imagen política, con la intención de confundir al electorado y verse favorecido en la contienda a través del sufragio, siendo actos que constituyen una clara violación a la Constitución Federal y a diversa normatividad en materia electoral local, así como a los principios de laicidad, certeza, legalidad, imparcialidad y sobre todo el de equidad en la contienda |
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